La ley permite que un extranjero viaje a Estados Unidos con una visa de visitante con el fin de realizar actividades directamente relacionadas con su negocio extranjero. La mejor manera de entender esta clasificación es con algunos ejemplos:
Un sastre Colombiano tiene su fábrica en Bogotá. Tiene clientes en Nueva York para quienes confecciona prendas hechas a medida. El sastre ofrece atención personalizada a sus clientes y viaja a la ciudad de Nueva York para tomarle las medidas a su cliente para así poder volver a Bogotá y crear la prenda respectiva. Esta actividad sería apropiada para una visa de visitante.
Un vendedor de una empresa floricultora viaja a los Estados Unidos tres meses antes de las fiestas de San Valentín para negociar pedidos con sus clientes;
El extranjero socio de una empresa constituida en Estados Unidos viaja a este país para una reunión de la junta directiva de su empresa
El representante de una empresa extranjera viaja a Estados Unidos para discutir con su abogado la posibilidad de presentar una demanda judicial a un cliente que ha incumplido con un contrato en ese país
Un empresario extranjero viaja a Estados Unidos para participar en una convención relacionada con su negocio
Lo que se concluye es que la visa de visitantes puede utilizarse para realizar actividades en Estados Unidos que son incidentals a un trabajo o negocio que será ejecutado principalmente fuera de este país.
En todo caso hay una regla general que ordena que un extranjero no puede utilizar la visa de visitante para realizar trabajo remunerado en Estados Unidos. Claro que como toda regla general, esta tiene sus excepciones:
Existen varias opciones para aquellas personas que vienen a los Estados Unidos para realizar actividades religiosas. Es importante determinar primero si el extranjero interesado en viajar a Estados Unidos califica para una visa religiosa temporal o permanente, pero la visa de visitante es una alternativa interesante si se cumplen los requisitos legales. En estos casos la persona no puede recibir un salario, pero si puede recibir una remuneración que le permita cubrir los gastos relacionados con su estadía en Estados Unidos.
Si un ciudadano de Estados Unidos vive fuera del país, tiene empleados domésticos en el país extranjero en el cual esta viviendo, y esta volviendo temporalmente a Estados Unidos, puede traer a sus empleados domésticos con una visa de visitante y pagarles en Estados Unidos
Un extranjero que viene a Estados Unidos con una visa temporal (visitante, inversionista, estudiante, de trabajo, periodista, ejecutivo, artista, deportista, entre otros) puede traer consigo a sus empleados domésticos y pagarles en Estados Unidos.
Un extranjero que viene a Estados Unidos para realizar actividades académicas como dictar conferencias, actuar como profesor invitado, presentarse en un festival promovidao por una institución académica, entre otros, puede recibir honorarios por su trabajo en Estados Unidos y reembolsos por gastos relacionados con su actividad académica. Hay restricciones en cuanto al número de presentaciones que puede hacerse durante el año.
VISAS TURÍSTICAS EMPRESARIALES
La Embajada de Estados Unidos en Colombia tiene un programa especial para empresas que tienen cierto número de empleados que viajan a Estados Unidos con fines de negocios o entrenamiento. Si la empresa es aprobada para participar en el programa podrá beneficiar tanto a los empleados designados como a sus familiares inmediatos (cónyuge e hijos menores de edad).
Es de la mayor importancia preparar adecuadamente los formularios y la documentación necesaria para presentar a la Embajada de Estados Unidos en Colombia. El abogado de inmigración puede asesorarlo y guiarlo para que usted cumpla con todos los requisitos de ley.
Los oficiales consulares de Estados Unidos tienen amplia discreción para negar solicitudes de visas de turismo. Sin embargo, el Departamento de Estado ha creado un mecanismo para que las personas afectadas por la negativa de un oficial consular busquen la revisión de esa decisión. Ahora bien, aqui debe tenerse mucho cuidado: solamente están sujetas a revisión aquellas decisiones que sufren de una deficiencia legal. Algunos ejemplos ayudarán a comprender lo que significa una "deficiencia legal."
La mayoría de las visas que los oficiales consulares niegan son visas de turismo. Pero las razones por las cuales los oficiales consular niegan las visas de turismo no son siempre las mismas. Pensemos en un extranjero que no tiene trabajo en su país, no tiene ahorros, no tiene familia, no tiene propiedad alguna, y esta en edad de trabajar. Supongamos que esta persona se acerca a la Embajada de Estados Unidos para solicitar una visa de turismo. Seguramente el oficial consular negará esta solicitud porque la persona no logró demostrar que no tiene la intención de irse a vivir a Estados Unidos. Esta conclusión del oficial consular se basa en los hechos y en los documentos que presentó la persona de nuestro ejemplo junto con su solicitud de visa de turismo. Este tipo de decisiones no están sujetas a revisión alguna.
Ahora cambiemos el ejemplo. Supongamos que quien aplica para la visa de turismo es una persona con trabajo en su país, cuantiosos ahorros, numerosa familia, dueño de su propia casa, y pensionado. Este parece que es un excelente candidato para la visa de turismo. Sin embargo, puede ser que el aplicante haya cometido un delito en Estados Unidos en uno de sus viajes anteriores. Digamos que cometió un delito de robo de menor cuantía. El oficial consular puede llegar a la conclusión legal que el aplicante esta descalificado para obtener la visa de turismo porque cometió ese delito en Estados Unidos. Esta conclusión, en algunos casos, puede constituir un error legal que esta sujeto a revisión por el Departamento de Estado.
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